Impuesto a las Ganancias para el Poder Judicial, un debate por la igualdad ante la ley
La abogada y docente universitaria Natalia Salvo se refirió a la exención del pago del Impuesto a las Ganancias que tienen, todavía, jueces, fiscales y empleados del Poder Judicial.
*Por Natalia Salvo
El tema del pago del Impuesto a las Ganancias por parte de los integrantes del Poder Judicial tiene dos aristas: la primera es una cuestión más eminentemente teórica que tiene que ver con considerar que ninguna remuneración por definición es ganancia, pero lo cierto es que, desde el punto de vista tributario, la cuantía de las remuneraciones una vez que pasa un determinado tope paga impuestos a los salarios elevados y, allí, la discusión pasa de ser técnica a una cuestión de igualdad frente a la ley en materia tributaria.
El punto es que cuando se trata de magistrados, de jueces o juezas, lo que argullen o argumentan para estar en contra de la aplicación del impuesto a las ganancias es que hay una garantía constitucional de intangibilidad del salario y que está directamente vinculada con la independencia del criterio del Poder Judicial, lo cual termina de sostener que la independencia judicial o la imparcialidad depende de una cuestión de monto de la remuneración.
Además, el tema de la intangibilidad y de la remuneración no tiene que ver con lo tributario sino con la posibilidad de, cuando surgió la Constitución Nacional, que el Poder Ejecutivo pueda extorsionar y modificar las remuneraciones de los magistrados de manera unilateral y asi romper el principio republicano. Es decir, en materia judicial de la jerarquía, no hay más argumento que ese.
Así, de alguna forma, (los jueces) terminan esgrimiendo un privilegio porque se quieren apartar y sustraer del principio de igualdad ante la ley que consiste en que a partir de un determinado monto ya tienen que pagar, no solo ellos, sino cualquier trabajador, las ganancias.
En lo que tiene que ver con los trabajadores o funcionarios del Poder Judicial yo aplicaría el mismo criterio, si bien, por supuesto, la discusión está en si los salarios a nivel general tienen que pagar, o no, Impuesto a las Ganancias, lo cierto es que es una discusión de segundo orden, porque ahora los salarios de más de 330 mil pesos si pagan ganancias y no hay motivo para los cuales un tipo de trabajador, que son los que pertenecen al Poder Judicial, cuando pasa ese tope no pague impuestos.
* Abogada y docente universitaria de UBA y UNPAZ