Aumento del 70 por ciento en el reintegro para compras con débito: ¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

La medida rige hasta fin de año para los jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo y titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación Universal por Embarazo (AUE). El monto de consumo es de hasta 1.200 pesos y llega hasta 2.400 en el caso de quienes tengan dos o más hijos.

Desde la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), en el marco de la emergencia sanitaria por la segunda ola de coronavirus, se informó que, hasta el 31 de diciembre, rige un aumento del 70 por ciento en el reintegro por consumos realizados con tarjeta de débito para los sectores vulnerables.

El beneficio está destinado para los jubilados y pensionados que cobran el haber mínimo y para titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación Universal por Embarazo (AUE). Se contempla un monto de hasta 1.200 pesos y llega hasta 2.400 para quienes tengan dos o más hijos, incluyendo los gastos realizados en farmacias.

A través de un comunicado, la titular de la AFIP, Mercedes Marcó del Pont, expresó que “la extensión del reintegro a sectores vulnerados complementa distintos beneficios, con los que se busca llevar alivio a las familias”. En esa línea, se estima que estos consumos mensuales incluyen a más de 1,3 millones de personas.

“La ampliación del monto y la incorporación de otros gastos, como el que se realiza en farmacias, se traduce en una mejora del ingreso que disponen los beneficiarios”, aseguró, al tiempo que sostuvo que la decisión “apuntala la recuperación de la economía y fortalece el mercado interno”.

El reintegro a sectores vulnerados es una medida que fue creada por la Ley de Seguridad Social y Reactivación Productiva, en el marco de la pandemia de COVID-19, e incluye las compras que se concretan con débito en kioscos, almacenes, mini, súper e hipermercados y, en esta nueva etapa, en farmacias.

Cómo es el reintegro
Los fondos reintegrados se acreditan en forma automática cuando los beneficiarios realizan sus compras con tarjeta de débito, en tanto que, también, se contemplan las operaciones abonadas con estas tarjetas bajo la modalidad de Pago Electrónico Inmediato (PEI) o códigos de respuesta rápida (QR).

El consumo efectuado hasta el 11 de julio será reintegrado el día siguiente, es decir, el 12, en la cuenta bancaria en la que se percibe el beneficio de la jubilación, pensión o asignación. Luego de esa fecha, el reintegro se acreditará, como máximo, dentro de las 48 horas hábiles posteriores a la compra, según el horario en que se haya concretado.