Último día de inscripción para el Repro II: paso a paso, cómo se realiza el trámite

Las empresas que deseen solicitar la asistencia del Programa de Recuperación Productiva II tienen tiempo hasta este lunes para hacerlo a través de la página web de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). La ayuda económica es de hasta 18.000 pesos por trabajador para los sectores considerados “críticos”.

Este lunes, es el último día para que las empresas puedan inscribirse al Programa de Recuperación Productiva II (Repro II), que el Gobierno nacional ofrece a los sectores considerados críticos en el marco de las restricciones por la segunda ola de coronavirus, como gastronomía, turismo y hotelería.

Hay que tener en cuenta que los meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación son marzo de 2019 y marzo de 2021, pero no se debe considerar la facturación de las empresas iniciadas a partir de enero de 2019. El mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia es marzo pasado.

Además, la asistencia económica dependerá de la actividad por la cual se solicite el beneficio, siendo de 9.000 pesos para los sectores no críticos, de 12.000 para los sectores críticos, y de 18.000 para el sector de la salud. También, se otorgará una suma de hasta 18.000 pesos a los trabajadores independientes del sector gastronómico.

Paso a paso, cómo es la inscripción
Para inscribirse al Repro II, las empresas y los empleadores deben ingresar al sitio web de la AFIP (www.afip.gob.ar) con clave fiscal, confirmar los datos de la facturación interanual y descargar la nómina con los trabajadores que podrán ser beneficiados. Así, serán redirigidos al sitio web del Ministerio de Trabajo, donde deben completar los datos pedidos.

Tras ello, se generará un comprobante de inscripción con el número de trámite, que será enviado por ventanilla electrónica de AFIP. El Ministerio de Trabajo notificará las novedades respecto a la incorporación al programa a través de la ventanilla electrónica de la AFIP. Si la solicitud es rechazada, se le informará al empleador el código del motivo del rechazo.

Qué información se pide
En la página web del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, las empresas y/o empleadores deberán completar información referida al balance del último ejercicio, firmado y certificado por el Consejo Profesional actuante. Este requisito es solo para las entidades obligadas a la presentación de balance contable.

Además, se deberá presentar un informe socioeconómico laboral con indicadores financieros, económicos y patrimoniales de la firma. El mismo debe incluir los índices de liquidez corriente y de endeudamiento del año en curso y la variación interanual de las compras y las ventas. A esto se suma una declaración jurada del empleador.

Vale aclarar que, desde el Ministerio de Trabajo, se aclaró que, en caso de hallarse una “grave inconsistencia” entre la información de facturación declarada en el formulario Repro II y la obrante en el registro de la AFIP, se exigirá la devolución de los montos de los beneficios otorgados por el programa.

Requisitos necesarios
Vale recordar que, para obtener el beneficio del Repro II, las empresas deben pertenecer al sector privado, no recibir subsidios del sector público y la variación de su facturación debe presentar una reducción inferior al 20 por ciento en términos reales en el período comprendido entre el 1 y 20 de abril de 2021 y el mismo período de 2019 para sectores críticos y no críticos.

Además, el indicador de liquidez corriente (activo corriente / pasivo corriente) para marzo de 2021, deberá presentar un valor máximo que será definido por el comité. Asimismo, las empresas que sean alcanzadas por el aporte extraordinario, deben cumplir con el pago para no quedar exentas.

Por último, vale aclarar que el Repro II incluye a los trabajadores con contratos de temporada y que el monto se acreditará directamente en la CBU de los empleados de las compañías beneficiadas. Ante cualquier consulta, las empresas pueden llamar al 0800-222-2220 o enviar un correo a consultasrepro2@trabajo.gob.ar.