A partir de enero, el monotributo aumentará un 52,67 por ciento, ¿ cuánto será la cuota?

El incremento, que se debe a la suba de los haberes jubilatorios, también afectará a las escalas máximas de facturación. La AFIP recuerda a los contribuyentes que antes del 21 de enero deben realizar la primera recategorización.

Por la suba de la movilidad jubilatoria de este año, el monotributo aumentará un 52,67 por ciento a partir de enero del 2022 e impactará en las escalas máximas de facturación y en las cuotas mensuales. Asimismo, se actualizarán los parámetros del Régimen Simplificado y los contribuyentes deben efectuar la primera recategorización semestral a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

Cabe recordar que desde el 2018, las variables del monotributo se ajustan a principio de cada año acorde al incremento acumulado de las jubilaciones otorgado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS) el año anterior. En este sentido, durante el 2021 el índice de movilidad fue de un ocho por ciento en marzo, un 12,39 en junio y un 12,12 por ciento en septiembre y, en diciembre, será de un 12,11 por ciento.

Con un total acumulado de un 52,67 por ciento en el índice de movilidad de las jubilaciones, este aumento se verá reflejado en los ingresos brutos, alquileres devengados, el precio máximo de venta por unidad, el importe a pagar por el impuesto integrado, los aportes previsionales y la obra social.

En este sentido, las escalas de facturación por categorías del monotributo en 2022 serán:

  • Categoría A: de 370.000 pesos anuales, pasará a un límite de facturación de 564.879 pesos.
  • Categoría B: pasa de 550.000 pesos, a un máximo de 839.685 pesos.
  • Categoría C: de 770.000 pesos, aumenta a 1.175.559 pesos.
  • Categoría D: pasa de 1.060.000 pesos, sube a 1.618.302 pesos.
  • Categoría E: el monto máximo de 1.400.000 pesos actuales, será de 2.137.380 pesos.
  • Categoría F: desde los 1.750.000 pesos de este año, en enero pasa a 2.671.725 pesos.
  • Categoría G: el tope de facturación pasará de 2.100.000 pesos a 3.206.070 pesos.
  • Categoría H: el máximo aumenta de 2.600.000 pesos hasta 3.969.420 pesos.
  • Categoría I: el techo de facturación pasará de 2.910.000 pesos a 4.442.697 pesos.
  • Categoría J: de 3.335.000 pesos, pasa a 5.091.544 pesos.
  • Categoría K: el máximo aumenta de 3.700.000 pesos a 5.648.790 pesos.

Asimismo, con la nueva tabla de montos, los contribuyentes deben efectuar la primera recategorización del año antes del 21 de enero para confirmar o modificar su categoría acorde a la facturación máxima del 2021.

Al modificarse las escalas de facturación, el aumento se traslada a la cuota mensual de cada categoría, que quedará en los siguientes montos:

  • Categoría A: 4.039,98 pesos.
  • Categoría B: 4.517,42 pesos.
  • Categoría C: 5.164,24 pesos.
  • Categoría D: 6.089,77 pesos para servicios y de 5.946.05 pesos para productos.
  • Categoría E: 7.999,05 pesos para servicios y de 7.193,10 pesos para la venta de cosas muebles.
  • Categoría F: 9.574,63 pesos para servicio y para venta de productos será de 8.270,71 pesos.
  • Categoría G: 11.167,61 pesos para servicios y de 9.417,05 pesos para los productos.
  • Categoría H: la última escala permitida de servicios será de 19.525,54 pesos y para bienes será de 16.291,53 pesos.
  • Categoría I: 23.419,08 pesos.
  • Categoría J: 26.896,02 pesos.
  • Categoría K: 30.400,78 pesos.