Provincia: aumentaron las multas por infracciones de tránsito
El Gobierno bonaerense autorizó el tercer incremento del año para el bimestre mayo-junio. Por exceso de velocidad o alcoholismo, la multa alcanza 1.500.000.
El gobierno de la provincia de Buenos Aires dispuso un nuevo incremento en los valores de las multas por infracciones de tránsito para el bimestre mayo-junio, con vigencia desde el pasado jueves 1 de mayo.
La medida fue comunicada mediante el Boletín Oficial bonaerense, en la Resolución 6/2025. Se trata de la tercera actualización del año tras la anunciada en enero pasado para el primer bimestre del actual calendario, y la dispuesta en marzo para el segundo bimestre.
Las nuevas subas se aplican en el valor de la unidad fija (UFs), que actúa como la base para calcular las multas, llevándola de 1.452 pesos a 1.506. Cabe mencionar que las unidades fijas equivalen a un litro de nafta de mayor octanaje informado por el Automóvil Club Argentino, en su sede de la Ciudad de La Plata, y cada infracción tiene un rango mínimo y máximo de UF a aplicar.
Valores según cada infracción
- Superar la velocidad máxima: de 225.000 a 1.506.000.
- Conducir con exceso de alcohol en sangre o por consumir estupefacientes: de 301.200 a 1.506.000.
- Circular en contramano o por banquina: de 301.200 a 1.506.000.
- Conducir con la licencia suspendida por ineptitud: de 301.200 a 1.506.000.
- Circular con más ocupantes de los permitidos por el vehículo: de 225.900 a 753.000.
- Negarse a mostrar la documentación exigida: de 150.600 a 753.000.
- Circular sin VTV: de 150.600 a 753.000.
- Cruzar el semáforo en rojo: de 150.600 a 753.000.
- Circular con una licencia que no corresponde a la categoría del vehículo: de 150.600 a 753.000.
- No usar el cinturón de seguridad: de 150.600 a 753.000.
- Dejar el auto mal estacionado: de 75.300 a 150.600.
- Circular sin patente: de 75.300 a 150.600.
- Manejar con la licencia vencida: de 75.300 a 150.600.
- Conducir sin seguro: de 75.300 a 150.600.
- Conducir sin cédula de identificación del vehículo: de 75.300 a 150.600.
Beneficios y consecuencias de abonar o no las multas
Quienes hayan cometido una infracción, y abonen la multa dentro del período del pago voluntario previsto en la primera notificación, cuentan con una bonificación del 50 por ciento del valor mínimo de la sanción. Cabe recordar que, en las actas automáticas, el vencimiento está impreso; en tanto, en las labradas manualmente, el mismo se genera a los 30 días hábiles de su confección.
En cambio, en caso de no abonar la multa en el pago voluntario ni en las instancias posteriores, los conductores se exponen a consecuencias legales y financieras. Como resultado, se acumulan intereses y recargos por el impago, lo que sube el monto original de la multa.
No abonar la multa puede llevar a la retención del carnet de conducir, imposibilitando la renovación de la licencia hasta saldar la deuda. Asimismo, puede haber casos en los que se inicien procedimientos judiciales para su cobro; y puede perderse el derecho a circular o bloquearse los trámites administrativos relacionados con el vehículo.