El Registro de Cuidadores, la experiencia judicial que da una oportunidad a niños sin familia

La doctora Claudia Portillo, Prosecretaria de la Secretaría de Servicios Jurisdiccionales de la Suprema Corte de Justicia bonaerense, analizó al aire de Radio Universidad de qué se trata el proceso judicial que otorga la posibilidad de acompañar a un niño que lo necesita.

Por la Dra. Claudia Portillo*

El registro de cuidadores familiares es una propuesta por un juez de Familia de la provincia de Buenos Aires que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia tomó como experiencia piloto y de la cual ya están participando ocho juzgados de la provincia, entre ellos, el N° 3 del Departamento Judicial de La Matanza. Es un instrumento para las personas que quieran ofrecerse a cuidar niños, niñas y adolescentes de entre diez y 17 años que no tienen posibilidad de retornar con sus familias de origen.

Es la posibilidad para canalizar el deseo de cuidar niños que están alojados momentáneamente en dispositivos u hogares del Estado y que desean o necesitan formar parte de una familia, no desde la forma de la adopción, sino con figuras alternativas de cuidado. De este modo, para poder formar parte, el primer paso es una inscripción sencilla y gratuita desde la página de la Suprema Corte para todos aquellos que sean mayores de 25 años.

La segunda instancia se da con la asistencia a talleres informativos que tienen que ver con capacitar y formar a las personas que cuidarán a los niños. Sobre todo, intentan desmenuzar y trabajar bien ese deseo que tienen para saber si realmente es genuino y sostenido, o si en realidad quieren adoptar o participar de manera caritativa.

Es que estos niños han pasado por situaciones complejas que vulneraron sus derechos y por los cuales los organismos del Estado han decidido alejarlos de sus familias de origen. Uno, como cuidador, debe tener la capacidad de acompañar el crecimiento y desarrollo de un infante que necesita apoyo y contención, por lo que la tercera etapa en el proceso de selección es una evaluación en la que intervienen los cuerpos técnicos, psicólogos y trabajadores sociales.

Las personas que elijan ser cuidadores pueden decidir entre tener o no una convivencia con el niño. Esto dependerá en gran parte por el deseo de los adultos, pero también en las necesidades del menor; algunos pueden estar hospitalizados o traumados por experiencias anteriores que no les permiten volver a confiar en un responsable a cargo de ellos o abrirse a una posibilidad de adopción. Se debe forjar un lazo afectivo, sostenido y duradero para que estas personas sean siempre sus referentes y sostenedores, incluso luego de la mayoría de edad. Si esto sucede y las dos partes lo quieren, se puede tramitar una adopción de persona mayor de edad y obtenerla a través de un juez.

El registro para ser cuidador se puede realizar desde scba.gob.ar, se completa una planilla donde se especifican los datos, la conformación de la familia y la razón por la cual la persona puede cuidar al niño. Es importante que se sepa que todas las conformaciones familiares son bienvenidas, no hay que tener patrocinio jurídico ni pagar.

Este registro trata de restituir un derecho pensando en nuevas estrategias creativas que respondan a todos los estándares y normativas internacionales de los derechos de las niñeces e intenta poner los recursos y el ímpetu en buscar alguna solución. Hay personas que pueden amar y proteger, se trata de una confianza mutua, de lazos que se van entretejiendo y afectos que se van construyendo.

*Prosecretaria de la Secretaría de Servicios Jurisdiccionales de la Suprema Corte de Justicia bonaerense