El deber social en la prevención de daños

José Nicolás Tarraborelli, juez de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y lo Comercial, habló en Radio Universidad sobre la prevención de daños y el rol de los ciudadanos ante esta premisa jurídica y social.

Por José Nicolás Tarraborelli*

Cuando estamos reparando, es porque el daño ya se produjo. Por eso, en Argentina, la prevención de daños comienza a tomar difusión en 1994, a partir de la Ley de Defensa al Consumidor, en la que,la jurisprudencia presentó cierta resistencia a dictar las medidas de carácter precautorio.

Este deber de prevención está latente en todas las relaciones humanas: no me puedo exceder con los términos en mi discurso, tengo que medir las palabras, entre otras. Todo este cúmulo de doctrinas que se aprenden en la vida sirvió para aplicarlos junto con el diálogo de fuentes y dictar fallos de jurisprudencia sobre temas que acontecen a los ciudadanos en el día a día.

Un ejemplo de ello fue un dictamen que determinó la creación de un paso a nivel peatonal por el que, aun cuando no estaba creado de manera oficial con normas de seguridad sonoras y lumínicas, los transeúntes pasaban por allí. Es decir, fue creado por ellos y la Justicia no tomó estas actitudes como una penalización, porque los peatones iban a cruzar igual, sino como una solución para prevenir el daño.

La prevención del daño está prevista en la jurisdicción administrativa y en la judicial. La primera está en la órbita de los municipios y cualquier vecino puede hacer una denuncia por una vereda rota o un balcón en mal estado. Las ordenanzas municipales y tributarias prevén cuáles son las obligaciones de los contribuyentes y cuáles, las de la contraprestación por los impuestos municipales. A partir de ahí, se busca la solución.

Hay un artículo en el nuevo Código Civil y Comercial que prevé una norma de deber e imperativa: toda persona tiene que prevenir el daño. Eso también aplica para los jueces, quienes tienen el deber, en la medida de lo posible, de prevenir el daño.  

*Juez de la Cámara de Apelaciones en lo Cvil y Comercial, Sala primera, del Departamento Judicial de La Matanza y docente de la UNLaM