Cómo prevenir daños en relaciones de vecindad

El Dr. Ricardo Suárez, titular del Juzgado Civil y Comercial N° 2 y docente de la UNLaM, analizó las alternativas para resolver conflictos sin recurrir a medidas judiciales.

Por el Dr. Ricardo Suárez*

El concepto de prevención de los daños fue introducido en el Código Civil y Comercial que nos rige y trata, precisamente, sobre adelantarse o anticiparse. Para esto, existe dentro de nuestra legislación un deber claro: no dañar al otro. Hay varias normas constitucionales que abren el camino para no dañar, pero, también, el derecho del otro a no ser dañado.

Hay una norma muy básica que establece que el derecho de uno termina donde empieza el del otro. Nosotros partimos de la base de que el ciudadano común desconoce los derechos y el ejercicio de ellos. En el caso de las relaciones de vecindad, existe un deber de evitarle el daño al otro; detrás de esto hay un concepto ético donde todo se centra en la víctima, a quien hay que ayudar y proteger.

Creemos que todo pasa por el primer eje de desconocimiento del ciudadano común, que son sus derechos elementales y, como consecuencia, desconoce las herramientas que tiene a su alcance para proteger o resguardar los derechos. Por eso, en relaciones de vecindad, existe el deber impuesto por la ley de ser tolerantes y, para lograrlo, hace falta la comunicación. Posteriormente, se podrá negociar, porque la idea es desalentar situaciones agresivas o de violencia.

Los mensajes se comunican a través de gestos y palabras, pero no siempre coinciden con la forma de pensar del emisor. No es tan importante lo que se dice, sino lo que se entiende. También los métodos de resolución de conflictos parten de la autocomposición porque, si hay un conflicto, es porque hay dos partes enfrentadas que deben comunicarse sin necesidad de judicializar cada cuestión mínima.

Si bien existen niveles administrativos donde se pueden hacer las denuncias y mecanismos judiciales para reclamar, la idea que proponemos es que esto se evite y se puedan autocomponer los conflictos, promover que los vecinos se reúnan y, a través de la conversación, el diálogo y la tolerancia, se puedan desalentar los conflictos sin la intervención de terceros porque, a través de las sentencias judiciales, no se solucionan las controversias, sino que se resuelven los casos.

Existen centros de mediaciones en el Colegio de Abogados donde un profesional, haciendo valer la actitud de escucha, trabaja sobre los intereses de cada parte en disputa. Otro método viable al que se puede acceder es el arbitraje, con la participación de un ingeniero imparcial. Ambas son técnicas alternativas que se pueden utilizar sin recurrir a los tribunales.

*Titular del Juzgado Civil y Comercial N° 2 de La Matanza y docente de la UNLaM.