El Gobierno oficializó los feriados con fines turísticos de 2023

El próximo año contará con cuatro fines de semana largos de cuatro días cada uno: del sábado 18 al martes 21 de febrero del jueves 25 al domingo 28 de mayo, del sábado 17 al martes 20 de junio y del viernes 13 al lunes 16 de octubre.

El martes pasado, el Gobierno oficializó el calendario de feriados con fines turísticos del próximo año. La medida, publicada en el Boletín Oficial con las firmas del jefe de Gabinete, Juan Manzur, y el ministro del Interior, Eduardo “Wado” de Pedro, se basa en la ley N° 27.399 que establece el régimen de feriados nacionales y días no laborables.

De acuerdo al decreto 764/2022, el próximo año contará con cuatro fines de semana con fines turísticos, de cuatro días cada uno: del sábado 18 al martes 21 de febrero, del jueves 25 al domingo 28 de mayo, del sábado 17 al martes 20 de junio y del viernes 13 al lunes 16 de octubre. En total, 2023 contará con 14 feriados inamovibles, dos trasladables y tres con fines turísticos, lo que contabiliza un total de 19 días festivos.

En los considerandos del decreto, se recuerda que el artículo 6° de la normativa "determina que los feriados nacionales trasladables previstos en la citada ley cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior y los que coincidan con los días jueves y viernes, al día lunes siguiente".

Asimismo, la referida Ley N° 27.399 faculta al Poder Ejecutivo Nacional a fijar anualmente hasta tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística, que deberán coincidir con los días lunes o viernes. “Tales días están relacionados con coadyuvar a disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuirlos en el tiempo”, agrega.

En tanto los feriados inamovibles son el 1 de enero (Año Nuevo), 20 y 21 de febrero (Feriados de Carnaval), el 24 de marzo (Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia), el 2 de abril (Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas), el 7 de abril (Viernes Santo), el 1 de mayo (Día del Trabajador) y el 25 de mayo (Día de la Revolución de Mayo).

También serán inamovibles: el 17 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes), el 20 de junio (Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano), el 9 de julio (Día de la Independencia), el 20 de noviembre (Día de la Soberanía Nacional), el 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción de María) y el 25 de diciembre (Navidad). En tanto, entre los feriados trasladables, el 17 de agosto (Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín) se celebrará el lunes 21, mientras que el 12 de octubre (Día del Respeto a la Diversidad Cultural) tendrá lugar el lunes 16 del mismo mes.