COVID-19: extendieron la emergencia sanitaria a nivel nacional

Lo estableció el Gobierno nacional a través de un decreto que le permite continuar con la facultad de disponer recomendaciones y medidas para mitigar el impacto de la pandemia por coronavirus.

El viernes, el Gobierno nacional prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2022 la emergencia sanitaria dictada desde el inicio de la pandemia de coronavirus en el país, en marzo del 2020, en un contexto de suba de casos en algunas regiones y el avance de la nueva variante Ómicron.

Así lo determinó por medio del decreto 867/2021 publicado en el Boletín Oficial con la firma del Presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y todos los ministros del gabinete nacional.

De esta manera, por medio de la prórroga de la emergencia sanitaria, el Gobierno podrá “disponer las recomendaciones y medidas a adoptar a fin de mitigar el impacto sanitario de la pandemia por COVID-19, según el contexto epidemiológico, sanitario y de avance de la campaña de vacunación”.

La prórroga se adopta en un contexto de suba de casos de coronavirus en el país, especialmente en algunos distritos como Tucumán, Río Negro, Neuquén, Córdoba y la Ciudad de Buenos Aires, que se encuentran en el llamado riesgo epidemiológico alto.

Incremento de los casos, factor clave

Entre sus considerandos, el decreto sostiene que "la velocidad en el agravamiento de la situación epidemiológica a escala internacional requiere la adopción de medidas novedosas para hacer frente a la emergencia, para que, oportunamente, se adopten decisiones rápidas, eficaces y urgentes, teniendo en cuenta, a partir de la experiencia recogida, que en tales escenarios deviene imposible seguir los trámites ordinarios para la sanción de las leyes".

A nivel nacional, los casos reportados crecieron un 86 por ciento la semana pasada. En relación al acelerado incremento de los casos, cabe mencionar que la ministra de Salud de la Nación, Carla Vizzotti, reconoció: "La preocupación por supuesto que está y nadie subestima la situación, pero lo más importante es que no se está traduciendo en internaciones o en muertes”.

Asimismo, el documento establece que "las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán realizar, en forma conjunta con el Ministerio de Salud de la Nación, el monitoreo de la evolución epidemiológica y de las condiciones sanitarias".

También, recuerda que el 25 de noviembre de 2021 la OMS declaró a la nueva variante del coronavirus B.1.1.529 denominada "Ómicron" como "variante de preocupación" en todo el mundo por el "alto riesgo de contagio".

"Por estas razones, es preciso prorrogar y mantener las medidas sociales y de salud pública de eficacia para reducir el riesgo de contraer Covid-19", sostiene el decreto.

Quiénes deben aislarse

Además, el decreto establece el aislamiento obligatorio, como medida de acción preventiva, en los siguientes casos: quiénes revistan la condición de "casos sospechosos" según la definición de la autoridad sanitaria nacional, hasta tanto se realice el diagnóstico confirmatorio o resultado negativo.

Asimismo, establece el aislamiento obligatorio a quienes revistan la condición de casos confirmados por el plazo de diez días desde la fecha de inicio de síntomas, o desde el diagnóstico, para los casos asintomáticos. Los contactos estrechos también deberán aislarse por el mismo período, aunque podrá ser reducido a siete días en caso de contar con test de PCR negativo.

Actividades de riesgo

También, el decreto considera de mayor riesgo epidemiológico y sanitarios a los viajes grupales de egresados, de estudiantes, de jubilados o similares; las actividades en discotecas, locales bailables o similares, que se realicen en espacios cerrados, y las actividades en salones de fiestas para bailes o similares, que se lleven a cabo en espacios cerrados.

Además, advierte sobre el riesgo en eventos masivos de más de 1.000 personas que se efectúen en espacios abiertos, cerrados, o al aire libre.