Condena ejemplar: 50 años de prisión a un abusador serial de menores

La sentencia fue dictada por el TOC N° 4 de La Matanza. Según consta en la investigación judicial, los hechos fueron perpetrados entre 2011 y 2020.

Víctor Valderrama, condenado por el TOC N° 4 de La Matanza.

El Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 4 del Departamento Judicial de La Matanza, integrado por los jueces Franco Fiumara, Nicolás Grappasonno y Gerardo Gayol, sentenció a 50 años de prisión a Víctor Hugo Balderrama (32) por los delitos de abuso sexual calificado contra menores de edad. En un fallo unánime, al que tuvo acceso El1 Digital de forma exclusiva, los jueces dieron por probados nueve hechos perpetrados entre 2011 y 2020, que en su mayoría ocurrieron en Gregorio de Laferrere.

Respecto a la calificación que corresponde a los hechos, el TOC N° 4 condenó a Balderrama por los siguientes delitos: “Abuso sexual calificado por tratarse de un sometimiento sexual gravemente ultrajante hacia la víctima, agravado por haberse cometido contra un menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia con el mismo; abuso sexual calificado por acceso carnal agravado por haber sido cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo; abuso sexual calificado por acceso carnal, agravado por haberse cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia con el mismo; abuso sexual calificado por su duración o circunstancias de su realización, constitutivo de un sometimiento sexual gravemente ultrajante y agravado por haber sido cometido contra un menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con el mismo”.

A su vez, se lo halló autor de la “producción de imágenes de menores dedicado a actividades sexuales explícitas con fines predominantemente sexuales, calificado por tratarse de menores de trece años; distribución de imágenes de menores dedicado a actividades sexuales explícitas con fines predominantemente sexuales, calificado por tratarse de menores de trece años; facilitación a la corrupción de menores reiterado en dos oportunidades; facilitación a la corrupción de menores reiterado en dos oportunidades; tenencia de imágenes de menores dedicado a actividades sexuales explícitas con fines de distribución, calificado por tratarse de menores de trece años”.

Además, los magistrados sugirieron al Ministerio Público Fiscal la intervención del Organismo de Protección de la Niñez y Adolescencia dependiente del gobierno de la provincia de Buenos Aires, así como de otros organismos no gubernamentales, respecto a la “posible comisión ilícita de hechos semejantes a los aquí estudiados en la vecina República del Paraguay, para la debida intervención de los entes u organizaciones que correspondan en la vecina República del Paraguay a quienes les pudiera interesar la intervención judicial correspondiente”.