Nuevos pisos para el Impuesto a los Bienes Personales

La Cámara Alta aprobó las modificaciones para la Ley de Impuestos de Bienes Personales, donde elevaron los montos de los mínimos no imponibles y le otorgaron la potestad al Ejecutivo para modificar algunos porcentajes de la alícuota según cada caso.

Este miércoles, el Senado de la Nación aprobó la reforma de la Ley 23.966 de Bienes Personales que eleva los mínimos imponibles a seis millones de pesos para objetos particulares y a 30 millones para los inmuebles. Esta modificación exime a 131.000 contribuyentes de pagar la alícuota.

“El proyecto de modificación de Bienes Personales es Ley. Una medida equitativa que mejora el sistema tributario argentino”, remarcó el ministro de Economía, Martín Guzmán, a través de su red social Twitter. En este sentido, desde el Palacio de Hacienda indicó que “se mantendrá el nivel de recaudación con la suba de a millones del mínimo no imponible”.

Los principales cambios en la medida son: la modificación del artículo 24 al incrementar el mínimo no imponible de dos a seis millones de pesos y, en el caso de las viviendas, pasó de 18 a 30 millones de pesos. Además, los montos se ajustarán de manera anual a través del coeficiente que deriva del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del INDEC.

Sin embargo, no será aplicable el artículo diez de la Ley de Convertibilidad, que no permite la indexación de deudas, impuestos, tarifas de bienes u otros servicios, pero sumaron dos tramos para los bienes nacionales de un 1,5 y de 1,75 por ciento para el mínimo imponible que supere los 100 millones y 300 millones de pesos.

Asimismo, para los bienes en el exterior las alícuotas se modificaron con porcentajes del 0,7 al 2,25 por ciento y se le otorgará al Poder Ejecutivo la potestad para bajar estos porcentajes en el caso de activos financieros que realicen una repatriación del producido, además, podrá incrementar los montos del artículo 26 de eximición del Sueldo Anual Complementario (SAC) y del artículo 30 de la Ley del Impuesto a las Ganancias.