Devolución del IVA: más de nueve millones de personas ya recibieron el beneficio

El programa, que incluye las compras de productos de la canasta básica realizadas con débito y establece un tope de 18.800 pesos, ya alcanzó a más de nueve millones de personas por un monto total de 15.286 millones de pesos. Qué dice el proyecto de ley que se trata en Diputados sobre la propuesta.

La devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en las compras realizadas con tarjeta de débito de productos de la canasta básica, una de las principales medidas anunciadas por el ministro de Economía y candidato presidencial, Sergio Massa, ya alcanzó a más de nueve millones de personas que concretaron transacciones.

“En el programa Compre sin IVA hubo 9.044.778 personas beneficiadas, por un monto total de 15.286 millones de pesos”, precisaron desde el Ministerio de Economía, sobre las cifras actualizadas hasta las primeras horas de este martes. La medida rige desde el 18 de septiembre pasado y tiene un tope de reintegro de 18.800 pesos.

El beneficio está dirigido a trabajadores en relación de dependencia con ingresos de hasta 708.000 pesos; a los 2,3 millones de monotributistas de todas las categorías; a jubilados y pensionados; a los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH); beneficiarios de la tarjeta Alimentar; y a las 440.000 trabajadoras de casas particulares.

Desde la AFIP, remarcaron que, para que se puedan acreditar las liquidaciones por devoluciones, reintegros, reembolsos y demás pagos, se necesita tener declarada una CBU ante el organismo, lo que se puede verificar ingresando al portal con clave fiscal. Así, en la web de la AFIP, se debe colocar CUIL/CUIT/CDI y clave fiscal, y clickear en “Declaración de CBU” en el menú de servicios habilitados, donde se podrá hacer el registro.

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Proyecto de ley

Esta semana, la Cámara de Diputados comenzará a debatir en comisión el proyecto de ley que establece la devolución del IVA en las compras de productos de la canasta básica para los sectores de menores ingresos. El texto, que incluye nueve artículos, aclara que comenzaría a regir desde el 1 de enero de 2024 y autoriza a la ampliación de los beneficiarios.

Así, el artículo 1° establece que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos, y los beneficiarios de asignaciones universales por hijo, para protección social y las de embarazo.

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Además, precisa que “están alcanzadas por el beneficio del programa las compras de bienes indicadas en el presente artículo en el marco de la “Tarjeta Alimentar” o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local “Potenciar Trabajo”.

Asimismo, el artículo 4° señala que “el reintegro mensual previsto no podrá superar el 21 por ciento del valor de la canasta básica alimentaria para un hogar tipo 2 vigente de cada mes. “Uno de los objetivos prioritarios del Estado nacional es la asistencia a las personas de menores ingresos a través de medidas concretas y transparentes”, asegura uno de los fundamentos.

“Los impuestos indirectos tienen un alto impacto en quienes destinan al consumo la mayor proporción de su ingreso”, afirma otro de los fundamentos, por lo que concluye: “Esta propuesta conduce a disminuir ese efecto, teniendo en cuenta que se trata de sectores de menores ingresos, atenuando claramente la regresividad del sistema.