Crece el ausentismo laboral y la CGERA advierte que las ART no reconocen la cobertura por COVID-19

La entidad empresaria manifestó su preocupación porque las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo no están de acuerdo en prestar cobertura por el coronavirus a los trabajadores industriales. “Esto preocupa mucho a las PyMEs”, alertan.

“Muchos empresarios se preguntan para qué tienen un seguro si las ART no cumplen con su rol ante el COVID-19”, cuestionan desde la CGERA.

Como era de esperarse, el impacto de la tercera ola de la pandemia de coronavirus en el país comenzó a afectar la economía. Porque, desde la Confederación General Empresaria de la República Argentina (CGERA), manifestaron su preocupación porque las Aseguradoras de Riesgos de Trabajo (ART) no reconocen la cobertura por COVID-19  a empleados industriales. Esto se debe a que las aseguradoras se amparan en el Decreto de Necesidad y Urgencia 39/21, que establece que la cobertura por la pandemia se aplica únicamente para trabajadoras y trabajadores de la salud y miembros de fuerzas policiales, quedando sin efecto la cobertura para el resto de los empleados.

Ante esta situación, el titular de la CGERA, Marcelo Fernández, manifestó: “Los empresarios PyMEs quedamos muy desguarnecidos y estamos muy preocupados ya que las ART no reconocen al COVID dentro de sus coberturas”. “Muchos empresarios se preguntan para qué tienen un seguro si las ART no cumplen con su rol ante el COVID-19”, aseveró.

“Sabemos que los trabajadores que tengan el virus o sean contacto estrecho de algún positivo van a suspender su período vacacional y, obviamente, van a pedir una extensión hacia adelante”, expresó, y agregó: “Nuestra gente suspendería el período vacacional, lo que podría ser un costo más importante para las PyMEs, que deberían absorber esto”.

Por eso, Fernández se mostró crítico con la postura de las ART ante la emergencia sanitaria: “Esto nos perjudica mucho porque sabemos que, muchas veces, los casos son realidad, pero, en otros, se va a trasladar este costo sin ser real”. “Las ART no nos están acompañando, y esto preocupa mucho a la pequeña y mediana empresa”, cerró.

El año pasado, y a través de la Resolución Nº 10/2021, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo había determinado que, “por el término de 90 días corridos contados a partir de la vigencia del decreto, la enfermedad COVID-19 se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional respecto de la totalidad de los trabajadores dependientes incluidos en el ámbito de aplicación personal de la Ley Nº 24.557 sobre Riesgos del Trabajo, y que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular”.

La norma, además, precisaba que, “cuando se trate de trabajadoras y trabajadores de la salud y de miembros de las fuerzas de seguridad federales o provinciales que cumplan servicio efectivo y durante el plazo indicado por el artículo 4 del DNU Nº 875, la Comisión Médica Central (CMC) deberá entender que la contingencia guarda relación de causalidad directa e inmediata con la labor efectuada, salvo que se demuestre, en el caso concreto, la inexistencia de este último supuesto fáctico”.