Qué tener en cuenta al sacar un plan de ahorro automotor

El auxiliar letrado del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 5 de La Matanza, Mariano Viegas Benso, habló de las cuestiones a atender cuando se afronta un plan de ahorro automotor. La variación del dólar, la inflación y las cláusulas, claves para los ahorristas.

Por Mariano Viegas Benso*

En un contexto socioeconómico como el de Argentina, que es cambiante por la coyuntura con crisis económica, al momento de sacar un plan de ahorro automotor hay que contemplar qué sucede con las cláusulas contractuales y los contratos acordados en un principio. Cuando hablamos de planes de ahorro, podemos hablar de una faz individual, en la que uno hace alusión al individuo cuando contrata un plan de ahorro. Esta modalidad de contratación es útil, es una herramienta de inclusión social que permite adquirir un automotor que, de otra manera, no se podría adquirir.

Por lo general, los planes de ahorro se dividen en el doble de cuotas de sus integrantes. Por ejemplo, si tengo un plan de ahorro de 84 cuotas, tengo 168 integrantes que van a aportar todos los meses una cuota para que una entidad que lo organiza pueda adquirir esos bienes para distribuirlos entre los socios que conforman el grupo cerrado de ahorristas. Se puede financiar el ciento por ciento del valor del bien o el 70 por ciento en 84 cuotas y, luego, el 30 restante en un solo pago. El problema llega cuando uno de los integrantes deja de pagar.

El problema es que el consumidor no llega a leer las cláusulas contractuales y, si las lee, posiblemente no las entienda porque no lo estudia con una compañía administradora, se suele firmar o no. El valor de lista del automóvil se va actualizando mes a mes según variaciones del mercado, del dólar, de la inflación, de los costos, etcétera. Esto se va actualizando y el consumidor lo sabe. Cuando contrata, sabe que el valor de la cuota se actualiza y se incrementa.

Pero, a partir de determinadas crisis económicas, en este caso, desde 2018, hay cosas que se vuelven impredecibles. Es decir, uno espera un aumento de las cuotas, pero no un desfase total que desequilibre la balanza contractual. Si la cuota se incrementa un 1.100 por ciento en el valor de la cuota o un 600 en el valor del automóvil, es algo imposible de prever.

Es muy difícil que una compañía acepte renegociar el contrato en forma privada o extrajudicial. Lo que sí se observa bastante en los estrados judiciales es la interposición de medidas cautelares, con pedidos tales como que se reduzca el valor de la cuota en un determinado monto. Esto depende mucho del magistrado que atiende la causa. También se puede iniciar un expediente sumario, en el que, a través de un período probatorio, se prueba ese desfase contractual para lograr una sentencia que obligue a la compañía a reducir a un monto fijo o a un porcentaje el monto de la cuota mensual.

El problema acá es que el juez recibe sólo la situación de un integrante. Por eso, hay que evaluar todas las condiciones económicas, materiales y jurídicas para que la decisión que afecte a la sentencia no termine desbalanceando al grupo de ahorro, que se sigue manejando por la solidaridad y la mutualidad.

*Auxiliar letrado del Juzgado en lo Civil y Comercial N° 5 de La Matanza