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La resolución de la Cámara hizo lugar a la medida cautelar presentada por la organización encabezada por Héctor Polino y suspendió los aumentos en el gas.
De acuerdo a dicha medida, que está vigente, las empresas distribuidoras del gas natural deberán continuar facturando de acuerdo a los cuadros tarifarios vigentes anteriores al dictado del Decreto 2067/08 y las empresas prestadoras no podrán suspender, interrumpir o cortar el servicio público de gas.
La resolución de los camaristas deberá observarse hasta que se resuelva el problema de fondo, denunciado por Consumidores Libres, que es la necesidad de declarar inconstitucional al Decreto Nº 2067/08.
Decreto polémico
La medida cautelar dictada por la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, Sala V, Exp. Nº 16.901/09, en los autos caratulados “Consumidores Libres c/P.E.N. Decreto Nº 2067/08 sobre amparo, continúa vigente.
Dicha ordenanza debería ser, según sostuvo Polino en diálogo con El1 Digital, declarada inconstitucional debido a que “debía haberse dictado una ley, porque bajo el eufemismo de la creación de un fondo fiduciario para financiar los mayores costos derivados de la exportación del gas natural, el decreto significa un verdadero impuesto y, como tal, debería ser dictado por el Congreso”.
Además, el legislador agregó que “con fecha 6 de julio del corriente año, la Cámara de Apelaciones rechazó el recurso extraordinario interpuesto por el Poder Ejecutivo Nacional, y el ENARGAS. En consecuencia, dicha medida cautelar quedó firme y de cumplimiento obligatorio”.
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