ATP de agosto: cómo es la inscripción y cuáles son los requisitos

La AFIP habilitó, este viernes, el sistema de inscripción para la nueva etapa del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción. El trámite para acceder a un Crédito a Tasa Subsidiada comienza en el sitio web y se termina de gestionar en la entidad bancaria seleccionada.

Desde el inicio del aislamiento social por el coronavirus, el Gobierno nacional estableció una serie de medidas para menguar el impacto de la crisis económica en las empresas, los comercios y los trabajadores registrados e informales. Entre ellas, se destacan el Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) y el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE).

Este viernes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el sistema de inscripción para la nueva etapa del ATP, que posee algunas variantes con respecto a las anteriores. Los empleadores que requieran la asistencia para el pago de los salarios de agosto tienen tiempo de anotarse hasta el jueves 3 de septiembre.

Para poder inscribirse, los empleadores deben ingresar a la página web de la afip, afip.gob.ar, y dirigirse a la ventana “Programa ATP, Salario Complementario y Créditos a Tasa Subsidiada”. Allí, deben ingresar con su clave fiscal, que es única e intransferible, y llenar los datos que se solicitan en el paso posterior.

Aquellas firmas que hayan registrado una variación nominal interanual negativa en su facturación en el período comprendido entre julio de 2019 y julio pasado, podrán acceder al Salario Complementario. Y aquellos empleadores que tengan una variación nominal positiva de entre cero y 40 por ciento podrán solicitar un Crédito a Tasa Subsidiada del 15 por ciento anual.

La AFIP explicó que “el trámite para acceder a un Crédito a Tasa Subsidiada se iniciará a través del sitio web de AFIP y los préstamos se terminarán de gestionar ante la entidad bancaria seleccionada por la empresa”. Además, remarcó que “solo pueden destinarse al pago de salarios de los trabajadores de las empresas beneficiadas”.

Por último, el organismo destacó que “la normativa contempla la posibilidad de convertís los Créditos a Tasa Subsidiada en un subsidio, siempre y cuando las empresas beneficiadas cumplan determinadas metas de empleo” y tengan una plantilla de trabajadores que no exceda los 800.