Nueva prórroga: la factura electrónica entrará en vigencia el 1 de abril 2016

La AFIP extendió la obligación de su implementación siempre que el tributista se adhiera a ese régimen de comprobantes electrónicos. La decisión se suscitó a partir de las peticiones de federaciones, cámaras y contribuyentes.

A través de la resolución general 3.793 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió el plazo para la implementación de la factura electrónica. Vencerá el 31 de marzo del 2016 pero, de todos modos, el contribuyente deberá estar adherido al régimen de comprobantes electrónicos aunque facture a través de otro sistema.

En ese sentido, desde la entidad impositiva indicaron que la extensión del plazo se debió a “las presentaciones de los contribuyentes, cámaras, federaciones, asociaciones y demás entidades que representan a los distintos sectores involucrados”. Allí, se exponían las diversas dificultades observadas para la implementación -en tiempo y forma- del régimen.

De este modo, ante las dificultades dadas a conocer por contribuyentes, la AFIP decidió “facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones fiscales”, por lo que “resulta aconsejable flexibilizar la vigencia del aludido régimen”.

El artículo uno de la normativa establece que “la obligación de emisión de comprobantes electrónicos establecida en los Títulos I y III de la Resolución General N° 3.749, su modificatoria y complementaria, se dará por cumplida siempre que los sujetos alcanzados por la misma se incorporen al aludido régimen hasta el 31 de marzo de 2016”.