Se reglamentó la nueva Ley de Impuesto a las Ganancias: cuáles con los cambios más importantes

Con la nueva ley, cerca de 1.270.000 trabajadores que cobran hasta 150.000 pesos en bruto dejarán de pagar el tributo, a la vez que el aguinaldo deja de formar parte del gravamen. Además, se elimina el tope de edad para deducir a los hijos por discapacidad y se exime al personal de salud por guardias u horas extras, entre otras modificaciones.

Este martes, el Gobierno nacional reglamentó parte de los cambios a la Ley Nº 27.617 de Impuesto a las Ganancias, sancionada en el Congreso, en abril. Así, alrededor de 1.270.000 trabajadores que cobran hasta 150.000 pesos en bruto dejarán de pagar el tributo, a la vez que el aguinaldo ya no se tendrá en cuenta para el gravamen.

Con la reglamentación, aquellos trabajadores que ganen hasta 124.000 pesos netos (una vez descontados aportes a la seguridad social) dejarán de pagar este impuesto con retroactividad a enero, monto a partir del cual se conformará una nueva escala de deducciones.

Así, aquellas personas que incluidas en la nueva reglamentación hicieron aportes en los primeros meses del año, recibirán los importes retenidos en cinco cuotas a partir de julio. La forma de pago será informada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en los próximos días.

Además, se amplió la deducción prevista por cónyuge a los integrantes de la unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, pública, notoria, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto en común, sean del mismo sexo o no. También, se elimina el tope de deducción por hijos con discapacidad y sin importar la edad que tengan.

Por otro lado, se eximirá del pago a las horas extras y/o guardias del personal de salud hasta septiembre próximo, a la vez que las deducciones de gastos por compras de herramientas educativas para los hijos, cursos de capacitación, movilidad y viáticos se elevarán hasta los 67.071,36 pesos anuales.

Jubilados y pensionados
En el caso de los jubilados, pensionados y/o retirados, la normativa elevó el mínimo no imponible para el pago de Ganancias de seis a ocho haberes mínimos garantizados, con lo cual sólo pagarán el impuesto los beneficiarios cuyos haberes brutos sean iguales o superiores a 164.571 pesos mensuales, piso que se ajustará por la Ley de Movilidad Jubilatoria.

No obstante, este beneficio aplicará siempre y cuando los contribuyentes no estén alcanzados por el Impuesto a los Bienes Personales y no tengan ingresos adicionales a los del haber de pasividad por carácter de inversión, alquiler, trabajo o cualquier otro motivo, que lo lleve por encima de los 167.678 pesos al año.

En números
Según las autoridades, la medida permite mejorar el poder adquisitivo de los trabajadores y alcanza a alrededor de 1.270.000, con lo cual más del 90 por ciento de las personas asalariadas no pagará Ganancias. Actualmente, la ley contempla los salarios netos desde 74.810 pesos sin deducciones por familia, y de 98.963 para los casados con dos hijos.

Además, la devolución de impuestos representa un esfuerzo fiscal de más de 40.000 millones de pesos y forma parte del paquete de medidas para morigerar el impacto de la segunda ola de coronavirus. Esto supone una inversión superior a la establecida en el Presupuesto 2021, de más de 480.000 millones de pesos, un equivalente a 1,3 por ciento del PBI.